Retención de IR a Contribuyentes del Régimen Simplificado de Cuota Fija en Nicaragua
Retención a cuota fija en Nicaragua: Un Problema por Resolver
Los pequeños contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Cuota Fija en Nicaragua enfrentan un obstáculo recurrente: la retención del Impuesto sobre la Renta (IR). Esta práctica, a todas luces problemática, plantea interrogantes legales y administrativas que afectan directamente a este segmento de la población tributaria.
(También te puede interesar: Retenciones en la fuente por servicios profesionales en Nicaragua)
¿Qué dice la Ley sobre la retención de IR a contribuyentes de cuota fija en Nicaragua?
El artículo 259 de la Ley de Concertación Tributaria (LCT) establece que los contribuyentes del Régimen de Cuota Fija no están obligados a pagar el IR de actividad económica, ya que el impuesto que cancelan mensualmente cubre tanto el IR como el IVA, pero bajo una modalidad simplificada.
Lo anterior, implica que no están obligados a realizar anticipos ni retenciones a cuenta del Impuesto sobre la renta (IR). Sin embargo, el mismo artículo permite que sus clientes, que pertenecen al Régimen General, les realicen retenciones de IR al momento de pagarles por bienes o servicios.
(Puede que te interese: Cálculo del IR, Rentas del Trabajo en Nicaragua)
Esto genera una contradicción evidente: ¿cómo es posible retener un anticipo de un impuesto al que no están obligados? Este punto no solo resulta ilógico, sino que podría considerarse una práctica incompatible con el espíritu de la Ley.
¿Por qué se permiten las retenciones?
La LCT, en el Arto. 259, justifica estas retenciones argumentando que los montos retenidos son acreditables contra el pago mensual del impuesto de Cuota Fija. En teoría, esto debería evitar pérdidas económicas para los contribuyentes. Sin embargo, en la práctica, esta disposición enfrenta un problema crítico: no existe un mecanismo habilitado para realizar este trámite.
(Te puede interesar: Rentas de capital inmobiliario en Nicaragua)
Al no contar con un formulario o procedimiento claro, los pequeños contribuyentes, pertenecientes al Régimen Simplificado de cuota fija, no pueden acreditar las retenciones a su favor. Esto los obliga a recurrir a procesos complejos y engorrosos para recuperar estos montos, presentándolos como pagos indebidos ante las autoridades fiscales ya que no pueden acreditárselas como cualquier otro contribuyente.
Impacto de las retenciones en los pequeños contribuyentes
La falta de mecanismos efectivos para gestionar estas retenciones genera una carga adicional para los contribuyentes del Régimen Simplificado. Muchos de ellos son pequeños emprendedores o negocios familiares que operan con márgenes ajustados. Perder recursos económicos por retenciones indebidas afecta directamente su flujo de caja y limita su capacidad de operación.
(También puedes leer: Elementos de los impuestos)
Además, los trámites para reclamar estos montos retenidos suelen implicar tiempo, recursos y conocimiento técnico que no todos los contribuyentes tienen a su disposición. Esto hace que, en muchos casos, prefieran no reclamar el dinero retenido, resignándose a una pérdida económica.
¿Qué se puede hacer?
Medidas recomendadas
La solución a este problema requiere acción por parte de las autoridades tributarias. Algunas medidas recomendadas incluyen:
- Habilitación de un mecanismo de acreditación claro y accesible: Es urgente que se desarrolle y ponga a disposición un formulario o sistema que permita a los contribuyentes del Régimen Simplificado de Cuota Fija acreditar las retenciones realizadas por sus clientes.
- Capacitación y orientación: Las autoridades fiscales deben brindar información clara y accesible a los contribuyentes sobre sus derechos y las formas de gestionar las retenciones.
- Revisión legislativa: Aunque la Ley de Concertación Tributaria permite las retenciones, sería pertinente revisar y ajustar esta disposición para garantizar que sea coherente con el principio de justicia tributaria.
- Simplificación de procesos de devolución: En los casos en que no sea posible la acreditación directa, los trámites para reclamar el dinero retenido como pago indebido deberían simplificarse y digitalizarse.
(Podría interesarte: Rentas de capital mobiliario corporal e incorporal en Nicaragua)
Un llamado a la equidad fiscal
La situación de los contribuyentes del Régimen Simplificado de Cuota Fija evidencia la necesidad de un sistema tributario más equitativo y eficiente. Las retenciones indebidas no solo afectan a los contribuyentes en términos económicos, sino que también generan desconfianza hacia el sistema fiscal.
(Podría interesarte: Tipos de organizaciones económicas)
La equidad fiscal implica que cada contribuyente pague lo que corresponde, ni más ni menos. Permitir que estas retenciones continúen sin una solución adecuada contraviene este principio y perpetúa un trato desigual hacia los pequeños contribuyentes.
Conclusión sobre la retención a contribuyentes de cuota fija en Nicaragua
El Régimen Simplificado de Cuota Fija fue diseñado para facilitar el cumplimiento tributario de pequeños negocios y emprendedores. Sin embargo, la retención de IR a contribuyentes de cuota fija representan un obstáculo que no solo contradice la lógica del sistema, sino que también pone en riesgo la estabilidad económica de este sector.
(Puede interesarte: Tributación en Nicaragua)
Es fundamental que las autoridades fiscales tomen medidas concretas para resolver esta situación, garantizando que los contribuyentes puedan operar en un marco legal claro, transparente y justo. La eliminación de este problema no solo beneficiará a los pequeños contribuyentes, sino que también fortalecerá la confianza en el sistema tributario y su capacidad para promover el desarrollo económico inclusivo.